1.
AL INTERIOR DEL PAIS.-
La autorización la realiza el padre o la madre del
menor (trámite personal) con DNI
Presentar DNI amarillo de menor de edad o Partida de
Nacimiento del menor.
En caso de tutor (presentar copia de Sentencia que así
lo disponga)
2.
AL EXTRANJERO.-
La autorización la realizan ambos padres del menor
(trámite personal) con DNI
Presentar DNI amarillo de menor de edad o Partida de
Nacimiento del menor.
En caso de tutor (presentar copia de Sentencia que así
lo disponga)
Si uno de los padres es fallecido: Presentar Partida de
Defunción
Si sólo uno de los padres ostenta la patria potestad:
Presentar copia de la Sentencia que así lo disponga.
Si el menor ha sido reconocido por sólo uno de los
padres: Presentar Partida de Nacimiento del menor actual.
Vigencia: 90 días calendario.